Por Resolución 392/05 de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, se creó el sello de Calidad “Alimentos Argentinos” y su versión en idioma inglés “Argentine Food”. Se trata de una marca registrada por la SAGPyA, cuyo isologotipo (el sello creado) será cedido a las empresas elaboradoras de alimentos que se adecuen a protocolos de calidad específicos. Este Sello acompañará a las marcas comerciales de las
mismas, y será concedido con el objeto de facilitar a los consumidores la identificación
de los productos agroalimentarios nacionales, asociando así: producto - país
de origen - calidad diferenciada.
El mecanismo previsto por la Resolución implica trabajar en base a
protocolos por productos, por lo que las empresas interesadas en adquirir
el derecho de uso del Sello deben generar un manual de calidad que se
ajuste al protocolo creado. El sistema será auditado por terceros
independientes (empresas auditoras) y la SAGPyA cederá gratuitamente el
uso de la Marca.
La imagen de nuestros alimentos presenta, hoy en día, la posibilidad de
relacionar sus atributos de valor (diferenciación por calidad y origen)
con una identidad propia y particular de nuestro país en el mundo,
potenciando así sus oportunidades comerciales.
En América Latina la diferenciación de productos alimenticios como
estrategia competitiva a través de sellos de calidad es una práctica
incipiente; posee, no obstante, un gran potencial para promover productos
de la agroindustria, por lo que se trata de una herramienta que debe ser
desarrollada y explotada.
En el ámbito internacional, clientes y consumidores buscan cada vez
mayores referencias sobre los productos que adquieren y, por consiguiente,
además del respaldo de sus características específicas, cobran
considerable relevancia su origen, los procesos que intervienen en su
producción, y las tradiciones productivas y culinarias que
representan.
Esta medida parte de considerar que es perfectamente posible integrar
el concepto de calidad con el de competitividad, entendiendo como tal la
capacidad que tiene una organización para formular y aplicar estrategias
que le permitan conservar o aumentar su participación en el mercado
satisfaciendo las exigencias y expectativas de los clientes y
consumidores
Cada vez en mayor medida, la calidad es un componente esencial para el
desarrollo competitivo de las cadenas agroalimentarias, habiéndose
constituido en un factor diferencial para el ingreso y permanencia en los
mercados. Las estrategias de diferenciación y su consecuente comunicación
a clientes y consumidores cobran en este esquema un rol decisivo.
Por ello, la creación del Sello "Alimentos argentinos una elección
natural", y su versión en idioma inglés "Argentine food a natural choice",
y del Premio “Alimentos Argentinos” tienen por objetivo:
- Promover y resguardar la autenticidad y originalidad de los
alimentos argentinos, en virtud de las circunstancias sociales,
culturales y naturales de producción, elaboración y transformación.
- Impulsar la incorporación de atributos de valor diferencial en los
alimentos argentinos.
- Promover la diferenciación de los productos que voluntariamente
ingresen al sistema, en los canales de comercialización y en los puntos
de venta; y el reconocimiento inmediato por parte del consumidor de una
calidad que satisface una expectativa o gusto determinado por sobre los
estándares que fija el Código Alimentario Argentino.
- Brindar a clientes y consumidores garantía de que los productos, que
voluntariamente ingresen al sistema, han sido elaborados en conformidad
a características específicas y/o condiciones especialmente establecidas
en los respectivos protocolos.
- Otorgar un distintivo especial a los alimentos argentinos que
presenten atributos de valor característicos y constantes, y que
respondan a criterios de valoración significativos, objetivos,
mensurables y rastreables.
- Difundir y promocionar las características de valoración de los
productos que voluntariamente ingresen al sistema.
- Fomentar la coordinación de los actores involucrados en las cadenas
agroalimentarias.
La Resolución también crea la Comisión Asesora de los Alimentos
Argentinos con el objeto de recomendar requisitos y procedimientos para
los aspirantes a la obtención del Sello, así como las modificaciones que
resulte necesario introducir a los protocolos que se establezcan para
mantener su permanente adecuación a los adelantos que se produzcan en la
materia, evaluar los antecedentes y proponer los candidatos al Premio
“Alimentos Argentinos”.
Con esta medida de adhesión
voluntaria, la SAGPyA pasa a ser precursora en el desarrollo de una Marca
País para los alimentos argentinos, y su consecuente estrategia de
posicionamiento para estos productos en las góndolas del mundo.
A continuación se ofrece -estructurado a la manera de una
Guía de consulta rápida- un conjunto de explicaciones sobre los pasos
necesarios para obtener la cesión del Sello y sobre sus condiciones de
uso.
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GUIA DE
CONSULTA |
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¿Quién otorga el sello
"Alimentos Argentinos una elección natural”? La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos del Ministerio de Economía y Producción.
¿Quiénes pueden
solicitarlo? Toda persona física o jurídica, que
produzca o elabore alimentos en el territorio argentino.
¿El sello se otorga a la
empresa o productor, o al producto? El
sello es para el producto para el cual se solicita su uso. Por
tratarse de una marca, la cesión es siempre entre personas (físicas
o jurídicas)
¿Quiénes analizan la
documentación presentada para la cesión del sello? La Dirección Nacional de Alimentos, dependiente de la
Subsecretaría de Política Agropecuaria y Alimentos.
¿Cómo se obtiene el protocolo
que debe cumplir el producto para poder usar el
sello? El protocolo puede ser
facilitado para un determinado producto por:
- La empresa elaboradora del producto, aceptando el uso público
de dicho protocolo para productos de la misma categoría.*
- Las Cámaras o asociaciones relacionadas con la cadena del
producto en cuestión.*
- La Dirección Nacional de Alimentos de la SAGPyA, previo
análisis de la Comisión Asesora.
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CÓMO OBTENER LA
CESIÓN DEL SELLO |
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Estipulaciones para la empresa
Documentación a
presentar
- Nota de solicitud de uso del sello por duplicado.
- Copia autenticada de la Clave Única de Identificación
Tributaria (CUIT) y de inscripción ante la Administracion Federal
de Ingresos Publicos (AFIP).
* En ambos casos serán avalados por la Dirección
Nacional de Alimentos a través de la Comisión Asesora para su uso en
la cesión del sello. La SAGPyA proveerá una guía para la elaboración
de los protocolos a efectos de estandarizar la presentación y los
mínimos contenidos de los mismos.
- Copia autenticada de las constancias de inscripción ante los
organismos competentes nacionales del producto elaborado, y del
establecimiento o establecimientos donde se elabora el mismo.
- Declaración jurada aceptando los términos del Reglamento y de
la Resolución 392/05.
Especificaciones vinculadas al
producto
- Descripción detallada del Manual de Gestión de la Calidad.
- Datos personales del responsable del Sistema de Gestión de
Calidad.
- Copia autenticada del certificado de cumplimiento del
correspondiente protocolo, otorgado por empresa auditora
oficialmente acreditada.
Exhibición del
rótulo
- Presentar un ejemplar de muestra del rótulo o de los elementos
de packaging que correspondan al producto en cuestión, y una
propuesta sobre la forma en que se exhibirá el Sello en los
mismos.
Responsabilidades de la
SAGPyA
- Elaboración de un Informe Técnico, estimando si corresponde o
no propiciar la suscripción del contrato de la Dirección Nacional
de Alimentos de la SAGPyA respecto de la documentación antes
mencionada.
- Firma del Contrato de Cesión de la marca.
- Resolución del Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos, concediendo el uso del sello a cargo.
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COMISIÓN
ASESORA DE LOS ALIMENTOS ARGENTINOS |
- La Comisión está conformada por representantes de entidades
públicas y privadas, y se encarga de las tareas de asesoramiento,
apoyo y promoción del Sello.
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USO DEL
SELLO |
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El derecho de uso del Sello “Alimentos Argentinos una Elección
Natural”, y su versión en inglés "Argentine Food a Natural Choice”
es gratuito, pero no exclusivo, y se extiende por el plazo de DOS
(2) años, contados desde la fecha de publicación del acto
administrativo que lo otorga.
Será responsabilidad del productor o la empresa
productora/elaboradora y/o manipuladora de alimentos o bebidas,
poner a disposición del auditor todos los medios necesarios para
asegurar un efectivo y eficiente proceso de auditoría.
¿Puede ser renovado el uso del
Sello? Sí. Se podrán realizar
renovaciones sucesivas en idéntico carácter por períodos de DOS (2)
años.
¿Cuándo podrá ser denegada la
solicitud del sello? Cuando el
solicitante del Sello no cumpla con la presentación de la
documentación y las obligaciones mencionadas en la Resolución o en
el Reglamento. La solicitud también podrá ser denegada por
completo si el producto no es elaborado dentro del territorio
argentino. Esto implica también que la principal materia prima
utilizada sea proveniente de nuestro país, aunque según el producto
se analizará cada caso en particular.
¿Quiénes pueden acreditar las
auditorías de cumplimiento del protocolo? Las auditorías al productor o a las empresas
productoras/elaboradoras y/o manipuladoras de alimentos o bebidas,
serán efectuadas periódicamente por entidad debidamente acreditada
ante el Organismo Argentino de Acreditación (OAA) o ante el Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
¿Quién selecciona a la empresa
que realizará la auditoría? La
elección es realizada sólo por el productor o la empresa solicitante
del Sello, entre las empresas mencionadas en el punto
anterior.
¿Cuántas auditorías son
realizadas por la empresa certificadora para determinar el
cumplimiento del protocolo para la cesión del sello? Se deben realizar un mínimo de cuatro (4) auditorías
durante el plazo de vigencia del contrato de cesión de uso parcial
del Sello, esto es 2 años.
¿Se debe tener certificado
algún sistema de gestión de calidad para participar? La solicitud del Sello no requiere la certificación de
ningún sistema de gestión de calidad, sólo el cumplimiento de un
protocolo que será auditado, no certificado.
¿Se prevén sanciones ante las
infracciones? Sí, en el caso de que un
cesionario del Sello no cumpla con las obligaciones asumidas en el
Contrato de Cesión o en la Resolución o en el Reglamento. También,
si se presentan denuncias y reclamos suscitados.
¿Cuándo se extingue el derecho
al uso del Sello? Se extingue
por:
- Rescisión del convenio dispuesta por el “CEDENTE” en virtud de
incumplimiento a las cláusulas del contrato.
- Renuncia del “CESIONARIO”.
- La declaración de quiebra del “CESIONARIO”.
- El vencimiento del plazo de vigencia estipulado.
- La declaración judicial de nulidad o caducidad de “La Marca”.
- El vencimiento de “La Marca” sin que se opere su renovación.
¿Dónde
asesorarse? En la Dirección Nacional
de Alimentos Av. Paseo Colón 922 - 2º piso, oficinas 221/3,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Juan Manuel Morón o Cristian
Torrandell selloaa@mecon.gov.ar
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Fuentes consultadas
Florence Tartanac, Oficial de Agroindustrias y Tecnología de Alimentos (FAO)
- Dr. Ricardo Vanella, “Estudio sobre los principales tipos de sellos de calidad
en los productos alimenticios de la agroindustria rural en América Latina”,
Chile 2002. Artículos: Debate por lograr una Marca País - El desafío de crear
la Marca Argentina.
Por el Dr. Pablo Morón y Lic. Natalia Bonvini
Dirección de Promocion de la Calidad
Fuente: Revista Alimentos Argentinos - Dirección Nacional de Alimentos
- SAGPyA