Lo necesario para exportar y las barreras que hay que conocer

¿Cuáles son las herramientas de las que se puede valer una empresa para conocer la demanda de un producto en el extranjero?
Lo básico es contar con un estudio de mercado. Este documento recopila y analiza información acerca de las oportunidades comerciales y los productos de mayor potencial. Estos dependen de diversos factores. Para priorizar los mercados más atractivos para exportar es importante tener en cuenta las tendencias de la población por rango de edad, sexo, nivel educativo, etc. Otro punto es saber si nuestro producto va dirigido a un consumidor final o a un consumidor industrial y dependiendo de eso hay que conocer el gasto promedio, las condiciones y la frecuencia de consumo del cliente potencial; además de cómo se realiza la venta a través de los canales de distribución del país.

2 ¿ De que tipo son las barreras que dificultan el acceso del producto exportado a un nuevo mercado?
Las barreras arancelarias son cargos o derechos que pagan los exportadores al ingresar a un mercado. Los aranceles pueden ser ad valórem (es decir que representan un porcentaje del valor del producto), específicos (el importe a pagar lo determina la cantidad de productos) o aranceles mixtos que son una combinación de las dos anteriores. Pero los exportadores pueden tener preferencias ya que el arancel puede reducirse por algún acuerdo comercial entre el país donde se produce la mercancía y el país destinatario. Hablamos de descuentos o de arancel cero. Algunos son específicos, solo con ciertos productos.

Pero también podemos hablar de barreras no arancelarias. Esta categoría incluye las cuotas, que limitan la cantidad de entrada de un determinado producto; los estándares de calidad (como el ISO) que según el mercado se deben cumplir. También el exportador puede tropezar con restricciones que pretenden proteger el medio ambiente y la salud. Existen regulaciones que implican reducir el uso de algunas sustancias en la producción o la necesidad de implementar sistemas de control. A lo dicho podría sumarse la licencia de importación, un permiso especial que se requiere en algunos países por tratarse de productos sensibles para el país importador.

3 ¿ Qué documentos se exigen para realizar una exportación?
La exportación de mercancías por un valor menor a US$2.000 se realiza mediante una declaración simplificada que la puede ejecutar cualquier persona sin necesidad de contratar a un agente de Aduanas. Pero el valor de las mercancías que es superior a la cifra mencionada sí deberá constar en la Declaración Única de Aduanas (DUA). Hay una versión provisional y otra definitiva. Esta última es un documento oficial obligatorio que permite la salida legal al exterior y debe ser suscrito por un agente de Aduanas en base al DUA Provisional y la factura comercial.

El documento de transporte es también muy importante porque es una especie de contrato que prueba a quién pertenece la mercancía y comprueba que estos productos han sido embarcados. La lista de empaque o embalaje detalla cómo está compuesta la mercancía y facilita reconocerla tanto al momento de subir a la nave como a la hora de desembarcar. Dependiendo del tipo de producto hay algunos documentos adicionales como la póliza de seguro de transporte, que cubre a la mercancía de cualquier riesgo; los certificados sanitarios que se requieren para productos de uso o consumo humano. Estos confirman que no son dañinos y que han sido elaborados de acuerdo con las normas establecidas por el país importador. En el Perú lo emite Senasa, Digemid o Digesa.

4 ¿ Hay mecanismos aduaneros que favorecen al exportador?
Para reducir ciertos costos, la Ley General de Aduanas establece, por ejemplo, el Procedimiento de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios, conocido como ‘drawback’. Este procedimiento restituye los derechos que gravan la importación de mercancías, que intervienen en la fabricación de productos que serán exportados . La devolución es equivalente al 5% del valor FOB de exportación y para cobrarse –mediante un cheque emitido por Aduanas– el monto no debe ser menor a US$500 (acumulable). Economia. El Comercio. Perú

Publicado en: Perú

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