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Registrado: Jan 24, 2006 Mensajes: 2 Ubicación: Capital Federal
Publicado: Tue Jan 24, 2006 3:36 amAsunto: Exportar servicio de diseño gráfico vía internet a España
Hola, estoy por realizar un trabajo de diseño desde Argentina para España y según me informan, en españa me harán una retención del 10% de la factura si presento certificado de residencia fiscal en Argentina y del 25% si no lo presento. Mi duda es si esta retencion corresponde, ya que yo no voy a España a realizar el trabajo sino que lo realizo en Argentina y lo envío por internet. Por otro lado me recomendaron inscribirme en autónomos, y emitir factura E, aunque el monto a facturar anualmente esta por debajo del máximo establecido para monotributistas.
Muchas Gracias.
Atte. Marilina
Registrado: Aug 18, 2005 Mensajes: 43 Ubicación: BUENOS AIRES
Publicado: Wed Jan 25, 2006 9:25 amAsunto: Re: Exportar servicio de diseño gráfico vía internet a Españ
marilina29 escribió:
Hola, estoy por realizar un trabajo de diseño desde Argentina para España y según me informan, en españa me harán una retención del 10% de la factura si presento certificado de residencia fiscal en Argentina y del 25% si no lo presento. Mi duda es si esta retencion corresponde, ya que yo no voy a España a realizar el trabajo sino que lo realizo en Argentina y lo envío por internet. Por otro lado me recomendaron inscribirme en autónomos, y emitir factura E, aunque el monto a facturar anualmente esta por debajo del máximo establecido para monotributistas.
Muchas Gracias.
Atte. Marilina
Estimada Marilina:
El envío de servicios de diseño vía Internet no esta regulado por la aduana ya que no se considera exportación.
En este caso deberá consultar con el Banco su situación.
Para que se considere una exportación debería enviar al exterior el diseño en algún tipo de soporte, con el valor establecido entre las partes.
Para poder operar como exportadora debe inscribirse en la DGA(Aduana) previa inscripción en la AFIP y obtener preferentemente el CUIT ya que como Monotributista se vera acotada su posibilidad operatoria.
La venta al exterior se documenta con una Factura E y las divisas deben ingresar a través de un banco quien a su ves informara de la operatoria al Banco Central.
Espero le sea de utilidad la información
Saluda Cordialmente,
P/
SEQUENCING
Estudio de Comercio Exterior
Fernando Morello
Tel:4343-6032 / 4342-0662 / 5237-1177
sequencing@workout.com.ar sequencing@sequencingcomex.com.ar
Registrado: Jan 24, 2006 Mensajes: 2 Ubicación: Capital Federal
Publicado: Thu Jan 26, 2006 3:10 amAsunto: la duda permanece
Hola Fernando, primero muchas gracias por responder, ahora mi duda es básicamente si es correcto que en España me hagan una retencion del 10% o 25% de la factura.
Y por otro lado, yo no me inscribi en aduana, pero si tengo las facturas E. Es necesario el tramite en aduana y que puede pasar al no haberlo hecho?
Muchisimas gracias y disculpa la molestia
Saludos
Marilina
Registrado: May 01, 2005 Mensajes: 3 Ubicación: Capital Federal
Publicado: Thu Jan 26, 2006 1:46 pmAsunto: Exportar servicio de diseño gráfico vía internet a Españ
Marilina,
El tema es el siguiente:
Cada país, en función de su ley de impuesto a las ganancias o rentas, determina si va a imponer tributo por la importación de servicios, es decir, por la actividad lucrativa de prestar servicios, en este caso en España, cuando la actividad es desarrollada por un residente. Dependiendo del rubro del servicio y de la modalidad (en este caso a distancia), básicamente, corresponde o no la retención.
Luego hay que ver qué dice el acuerdo para evitar la doble imposición entre España y Argentina. Es la ley 24.258. Míralo en www.infoleg.gov.ar.
La AFIP, División Operaciones Internacionales 4347-4906, te puede aclarar la cuestión desde su punto de vista.
Yo no puedo decirte si es correcto o no porque hay que conocer muy bien la legislación española, y además puede haber vacíos legales o zonas grises, porque la globalización avanza más rápido que los Estados.
Fijáte en http://www.bairexport.com/detalle.php?IDSECCION=203&IDCONTENIDO=644, donde tratamos un caso similar.
En principio, te diría que si tu cliente te ha informado eso probablemente así sea, en cuyo caso tendrás que procurar ese certificado que te pide, pero además reclamarle al cliente que te mande luego el certificado de retención correspondiente, por el 10 %, para que lo ingreses en tu contabilidad y no pagues impuesto dos veces por eso, si decidis inscribirte en Ganancias como autónoma.
Ahora bien, si es una operación puntual (la primera vez que lo hacés) creo que no tiene sentido que pases de monotributista a autónomo. Impositivamente te perdés la posibilidad de recuperar crédito fiscal por retenciones o compras, tendrías que ver la planificación fiscal global de tu ejercicio profesional.
Espero que te haya servido la respuesta, sino podes contactarme en el mail avicchi@bairexport.com
Registrado: Feb 13, 2008 Mensajes: 4 Ubicación: Cordoba
Publicado: Wed Feb 13, 2008 3:51 amAsunto: mismo caso
Hola yo estoy en una situación muy parecida y realmente no se qué hacer:
Una empresa a la que le envío trabajos de diseño web vía Internet me pide una factura, actualmente me enviaba el diseño como remesa familiar pero ahora no se como facturarle como monotributista y si podrán seguir enviándome de esa forma el diseño o tendrá que ser vía bancaria... por favor que alguien me ayude no tengo idea que hacer y mi contadora cuando le pase la dirección de este sitio me dijo "de donde saca esa información esta gente??" con lo cuál me dejó mas inquieto que antes... ayuda!
Registrado: Sep 24, 2007 Mensajes: 74 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Thu Feb 14, 2008 2:05 amAsunto:
Elleo:
La factura que tenes que enviar es la tipo E que es la que exige AFIP para exportación. Siendo monotributista o Responsable Inscripto, sea exportacion de servicios o de bienes físicos, la factura de exportacion es la E.
Registrado: Feb 13, 2008 Mensajes: 4 Ubicación: Cordoba
Publicado: Thu Feb 14, 2008 2:15 amAsunto: gracias Diego
hola Diego, desde ya muchas gracias por tu respuesta. Una consulta más: debo inscribirme en aduana? o sólo con imprimir las facturas E ya puedo comenzar a facturar? otra pregunta debo recibir el ingresó unicamente vía bancaria (transferencia) o puedo recibirlo por otro medio más económico como paypal, westernunion etc? desde ya muchas gracias !! Leonardo
Registrado: Sep 24, 2007 Mensajes: 74 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Thu Feb 14, 2008 2:29 amAsunto:
Leonardo:
La inscripcion en Aduana va a depender de cómo envies los diseños. Si los mandas por Email o algun medio no fisico, no es necesario que te inscribas, porque como bien indico el Sr. Morello, de esta forma no interviene la Aduana. Pero si lo envias en CD, DVD o algun otro medio fisico, si deberás inscribirte ya que de esta forma sí interviene Aduana.
Respecto al cobro de los diseños, lo mejor es que los cobres via bancaria ya que a traves del banco es que te van a retener los impuestos que tengas que pagar, por lo tanto si utilizas otra forma estarias evadiendo impuestos y podría traerte problemas a vos o a tu cliente en el exterior. _________________ Diego N. Panno
Especialista en Comercio Exterior - Trading
Global Supply S.A.
dnpanno@globalsupply.com.ar http://www.globalsupply.com.ar/
(0054)(11)4116-2291
Registrado: Feb 13, 2008 Mensajes: 4 Ubicación: Cordoba
Publicado: Wed Feb 20, 2008 5:02 amAsunto: Otra vez yo
Hola Diego (o quién pueda ayudarme) la duda que tengo ahora es si al ingresar el dinero de la transferencia con la factura E el estado me retiene algo, de ser así cuanto es? gracias
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