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Registrado: Jun 05, 2007 Mensajes: 3 Ubicación: capital federal
Publicado: Fri Jun 08, 2007 6:37 amAsunto: Re: comunicacion A-3602
Estimados:
Averiguando un poco sobre el tema, esta declaración debe ser presentada por todo importador / exportador que mantenga deudas con no residentes.
Los bancos la exigen, especialmente, cuando uno quiere girar, por ejemplo, para pagar una importación.
Dicha declaración, se debe presentar al vencimiento de cada trimestre calendario (curante los 70 días corridos posteriores).
Las deudas contraídas y canceladas en el mismo trimestre calendario, no deben ser informadas.
La confección de la declaración tiene una complejidad relativamente elevada.
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