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Registrado: Mar 02, 2004 Mensajes: 2 Ubicación: Mendoza
Publicado: Fri Apr 29, 2005 6:00 amAsunto: Exportación en Consignación
Me gustaría saber cuál es la normativa vigente para exportar vino a Europa en consignación. Mis dudas radican en los plazos, formas de pago, devoluciones, etc.
Desde ya muchas gracias.
Los saluda atte.
Registrado: Dec 15, 2005 Mensajes: 23 Ubicación: Ciudad de Buenos Aires
Publicado: Wed Mar 08, 2006 6:12 amAsunto:
Estimado Juan Pablo Rodriguez
Me dirijo a Ud. con relación a su consulta realizada oportunamente a fin de remitirle información sobre el envio de mercadería en consignación.
CONSIGNACIÓN - EXPORTACIÓN
Los exportadores podrán efectuar envíos al exterior en carácter de consignación, de la totalidad de las mercaderías de la NCM.
El plazo es de 180 días corridos, contados desde la fecha de oficialización del permiso de embarque ante la DGA. Transcurrido dicho plazo sin haberse concretado la venta deberá reingresarse la mercadería, con un plazo adicional de 60 días corridos.
De efectivizarse la venta, el exportador deberá comunicar a la DGA, ingresando el respectivo valor en divisas.
Las mercaderías se beneficiarán con los reintegros correspondientes.
Este régimen no alcanza a los productos cuya exportación esté prohibida o suspendida, y serán de aplicación todas aquellas medidas que constituyan intervenciones y/o controles previos.
DECLARACION EN ADUANA
Los exportadores presentarán ante la Aduana de jurisdicción la Matriz del Permiso de Embarque OM-70OA. Además, manifestarán el régimen tributario y/o de los beneficios, que le correspondieren a la mercadería a la fecha de la oficialización del respectivo permiso, con mención del acogimiento al presente régimen, a cuyo efecto al final de la declaración comprometida y como parte integrante de ésta, establecerán la siguiente leyenda:
'DECLARO BAJO JURAMENTO QUE EL PRESENTE ENVIO SE REALIZA EN CONSIGNACION - Dec.637/79'
CONVERSION A EXPORTACION PARA CONSUMO
Dentro del plazo autorizado y hasta 5 días posteriores de concretada la venta, los exportadores deberán solicitar la exportación a consumo de la mercadería presentando la copia 'C' del Permiso de Embarque correspondiente, utilizando un sello con la leyenda: 'SOLICITO CONVERSION A DEFINITIVA DE LA PRESENTE OPERACION', que deberán insertar en el Sector AP 16 del OM-700A datando y firmando la misma, e integrarán además los campos 44, 45, 47 y 48 del Sector AP 03 (condición de venta, forma de pago, fecha de cierre de venta y Banco interviniente). En dicha copia deberá constar además la correspondiente refrendación bancaria.
RETORNO
Si transcurrido el plazo no se hubiera concretado la venta en el exterior, los exportadores deberán proceder al ingreso de la misma dentro del plazo adicional de 60 días corridos, a contar del vencimiento, presentando la petición por cuenta de una solicitud a la que adjuntarán copia 'O' del Permiso de Embarque correspondiente.
INFRACCIONES
Los que infrinjan las disposiciones mediante falsa manifestación, acto u omisión tendiente a desvirtuar la finalidad del régimen se harán pasibles de la exclusión del Registro de Exportadores e Importadores, y de las penalidades correspondientes en los términos de la Ley 22.415 y asimismo de las sanciones previstas en la Ley 19.359.
Esperando que el mismo le sea de utilidad.
Sin otro particular, lo Saluda muy atentamente. _________________ Fundación Export.Ar
Paraguay 864
Ciudad de Buenos Aires
Teléfono: (+54 11) 4315-4841
Website: www.exportar.org.ar
Registrado: Oct 10, 2007 Mensajes: 1 Ubicación: cap fed
Publicado: Wed Oct 10, 2007 3:43 amAsunto:
Buenas tardes, respecto a este tema, se entiende perfectamete.
Imaginemos un caso en el que tenemos que sustraer del total de una factura gastos que son de otra distinta, por lo que deberiamos aumentar las comisiones de lo que originalmente se habia pactado (ya que logicamente debemos calcularlas sobre las ventas reales). Aduana tiene conocimiento de las comisiones incialmente pactadas? figuran en algun permiso de embarque? o se encuentran mas alla de esto y se deducira de las facturas que presentemos? si no fui claro lo trato de explicar de otra forma.
Es decir, resumiendo, como maneja aduana el tema comisiones?
Santiago buenas noches , en relacion a tu consulta te cuento que a la hora de valorar la mercaderia deberias aclarar las comisiones existentes.
Es un tema exclusivamente de valoracion y Aduana tiene un Departamento de Valoracion en el que se dedican de lleno a estos temas.
Como facturaste vos o como vas a facturar?
La idea es hacer envios escalonados?
Espero tu respuesta para poder aclararte mas tus dudas
Saludos
Jorge Echeverria _________________ Asesoria integral en Comercio Exterior .
Exportacion/Importacion
Despachantes de Aduanas.
Agentes de transporte aduanero
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