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Registrado: Mar 20, 2009 Mensajes: 1 Ubicación: buenos aires
Publicado: Fri Mar 20, 2009 2:39 pmAsunto: exportar a paraguay
trabajo en una distribuidora local y surgio la oportunidad de realizar un envio a paraguay, en principio como exportador no habitual, por otro lado necesitaria saber los requisitos que impone paraguay al ingreso de mercaderias y si la embajada me asesoraria en estos temas.
Registrado: Sep 14, 2006 Mensajes: 47 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Sun Mar 22, 2009 8:38 amAsunto:
Agustín:
El únio requisito que tiene Paraguay diferente a los demás países del Mercosur es que los documentos oiginales (Documento de transporte, Factura y Certificado de Oirgen) tienen que estar visados por el Consulado Paraguayo en Argentina y si la mercadería en lugar de te-
ner origen Argentina es de otro país, el Consulado te va a pedir que
emitas un Certificado de Origen en la Camara Paraguaya como con-
dición para visarte los documentos.
Igualmente tu comprador en Paraguay te va a indicar que es lo que
necesita para poder ingresar tus productos.
Suerte en tu proyecto _________________ Marina Ball TEODORO MARIO ROJO S.R.L Perú 367 Buenos Aires Teléfonos 5199-2155/2158 marina.ball@tmrojo.com.ar www.tmrojo.com.
Registrado: Mar 30, 2009 Mensajes: 23 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Mon Mar 30, 2009 4:54 amAsunto:
Estimado Agustin69
Aquel importador o exportador que se quiera inscribir como No Habitual, el deberá solicitar la AUTORIZACIÓN correspondiente ante la División Registro, siendo esta División la que evaluará si corresponde o no el otorgamiento de la autorización respectiva.
De la normativa vigente surge claramente que que las operaciones anuales de los exportadores o importadores NO HABITUALES, no son acumulativas, o sea se computan solamente por año calendario.
Las personas de existencia visible o ideal que no fueren importadores / exportadores inscriptos podrán solicitar autorización para efectuar una operación de importación o de exportación con la presentación del formulario OM-1752-C y acreditarán la inscripción en la D.G.I. a través de la CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA (C.U.I.T.) mediante copia autenticada por el funcionario interviniente, con presentación del original o autenticada por Escribano Público Nacional. Concedida la autorización para operar en la forma establecida, la misma tendrá una validez de sesenta (60) días al cabo de los cuales quedará sin efecto, debiendo iniciarse en caso necesario nuevo trámite. El plazo de validez deberá asentarse en el OM-1752-C en el espacio reservado a tal efecto.
Ante cualquier duda no dude en consultarnos.
Muchas gracias, _________________ Kaizen Internacional
Consultora en Comercio Exterior
Paraguay 4657 PB 3 (1425)
Tel/Fax: 3531-0534
Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
consultas@kaizen-int.com.ar
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