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Registrado: Aug 12, 2008 Mensajes: 4 Ubicación: rosario
Publicado: Tue Aug 12, 2008 12:06 pmAsunto: Exportar servicio de diseño gráfico vía internet
Hola!
Soy Diseñador Gráfico y trabajo para varios paises (inglaterra, alemania, usa, etc). Todo el trabajo siempre se envia por internet.
Que es lo que tengo que hacer para poder trabajar legalmente?
Soy monotributista (4ta categoria) y tengo factura tipo C.
Mis clientes envian el dinero a mi cuenta bancaria (caja de ahorros). Para cobrar siempre le presento al banco un papel que dice invoice (mmmm que es lo que le mando al cliente) y tambien entrego copias de email como para justificar el trabajo que estoy haciendo. Todo eso es correcto?
Registrado: Sep 24, 2007 Mensajes: 74 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Thu Aug 14, 2008 3:58 amAsunto:
Estimado Fede:
Para hacer las cosas de acuerdo a lo indicado por AFIP, deberias emitir una factura tipo E. Des esta forma, cuando te envien el dinero por transferencia bancaria, presentando una copia de la factura E junto con la solicitud de liquidacion de ordenes de pago te acreditaran el dinero rapidamente. La solicitud de liquidacion de ordenes de pago es un formulario que debe darte tu banco para que completes cada vez que recibas una transferencia del exterior, algunos bancos lo tienen publicado en su web site.
Registrado: Aug 12, 2008 Mensajes: 4 Ubicación: rosario
Publicado: Thu Aug 14, 2008 7:41 amAsunto: Exportar servicio de diseño gráfico vía internet a España
Muchas Gracias!!! Hasta ahora de todas las personas que consulte fuiste el mas claro! Gracias!
Entonces:
1.- Yo siendo monotributista, Tengo que hacer factura E para los trabajos que realizo para el exterior y Tengo que hacer factura C para los trabajos que realizo para argentina. La pregunta 1 es correcta?
2.- Y que pasa con ingresos brutos? Los trabajos que se facturan como E tambien tengo que pagar el ingreso bruto (3,5 alicuota). La pregunta 2 es correcta?
3.- Que pasa con los invoice que le fui presentando al banco? Son legales? De no serlo puede tener problemas? Cada ves que cobre presentado los invoice complete y firme los papeles que vos decis (creo que se llaman liquidacion de divisas)
Registrado: Sep 24, 2007 Mensajes: 74 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Thu Aug 14, 2008 9:40 amAsunto:
Fede:
La pregunta 1 es correcta.
Respecto de IIBB te lo descuenta diractemente el banco.
Con los invoice que ya presentaste no cre que tengas problemas porque el banco ya los acepto, sin embargo lo que exige AFIP en materia de facturacion de exportaciones tanto de servicios como de bienes son las facturas E tanto para monotributistas como para responsables inscriptos.
Para liquidar divisas solo necesitaras una copia de la factura E y el formulario de solicitud de liquidacion.
Registrado: Aug 12, 2008 Mensajes: 4 Ubicación: rosario
Publicado: Thu Aug 14, 2008 12:34 pmAsunto: Exportar servicio de diseño gráfico vía internet
Diego,
Nuevamente muchas gracias!
1.- Entonces quiere decir que haciendo la factura E ya estaria x el buen camino? Tengo que pedir alguna autorizacion a la AFIP o directamente con la imprenta?
2.- Leí en algun lado que la exportacion de servios o que la exportacion de servicios a traves de internet esta exenta de ingresos brutos. Eso es verdad?
3.- Si sumando lo que viene de afuera (factura E) mas lo que facturo en argentina (factura C) me paso de todas las categorias de monotrubuto?
Espero respuestas....
Nuevamente muchas gracias!!!
Registrado: Sep 24, 2007 Mensajes: 74 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Fri Aug 15, 2008 2:29 amAsunto:
Fede:
1- Haciendo la factura E estarias por buen camino. No necesitas autorizacion de AFIP, solo la imprenta.
2- Respecto a la excencion de IIBB es probable que asi sea pero no sabria indicarte con certeza. El caso de las Mercaderias fisicas estan gravadas al 0%.
3- Si la suma de la facturacion E mas la facturacion C supera la maxima categoria permitida para el monotributo, deberas pasarte a responsable inscripto.
Registrado: Aug 19, 2008 Mensajes: 6 Ubicación: Salta
Publicado: Tue Aug 19, 2008 1:42 pmAsunto:
DNPanno escribió:
Fede:
1- Haciendo la factura E estarias por buen camino. No necesitas autorizacion de AFIP, solo la imprenta.
2- Respecto a la excencion de IIBB es probable que asi sea pero no sabria indicarte con certeza. El caso de las Mercaderias fisicas estan gravadas al 0%.
3- Si la suma de la facturacion E mas la facturacion C supera la maxima categoria permitida para el monotributo, deberas pasarte a responsable inscripto.
Atentamente,
Perdón, pero yo tengo un problema similar y me parece que no es así la cosa.
Yo trabajo para una empresa extranjera desarrollando software. El trabajo lo realizo en mi casa y entrego lo solicitado via internet.
Estoy inscripto como monotribustista y tengo un talonario de recibos C fiscales. Tienen valor fiscal porque estoy inscripto como profesional (o algo así). A éstos recibos solamente los utilizo para el mercado argentino.
Para poder emitir factura E tengo que estar inscripto en la aduana como exportador. No alcanza con pedirle a la imprenta. Necesitás un número de exportador. El problema es que la gente de la aduana no puede inscribirme porque no tengo mi documento al día (hace año y medio que espero mi nuevo DNI). Yo sospecho que no saben cómo inscribirme.
El banco Nación que es el único que no me pide la factura E para acreditarme los depósitos desde afuera; pero al parecer desde el mes que viene tengo que presentar la factura E.
En fin, concretamente mi pregunta es si alguien sabe cómo debo hacer para inscribirme como exportador de servicios y que elementos legales puedo citar para agilizar el trámite.
Registrado: Sep 24, 2007 Mensajes: 74 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Wed Aug 20, 2008 2:32 amAsunto:
Estimado Agustin:
Hay mucha confusion respecto a este tema. Seguramente la imprenta a la cual acudiste no debe estar al tanto, pero no es necesario estar inscripto en aduana para emitir facturas E. La exportacion de intangibles no esta regulada por la aduana y es por esto que no es necesario incribirse para tal fin. La obtencion del numero de exportador es necesaria solamente para casos de exportacion de mercaderias fisicas.
Registrado: Aug 19, 2008 Mensajes: 6 Ubicación: Salta
Publicado: Wed Aug 20, 2008 2:48 amAsunto:
DNPanno escribió:
Estimado Agustin:
Hay mucha confusion respecto a este tema. Seguramente la imprenta a la cual acudiste no debe estar al tanto, pero no es necesario estar inscripto en aduana para emitir facturas E. La exportacion de intangibles no esta regulada por la aduana y es por esto que no es necesario incribirse para tal fin. La obtencion del numero de exportador es necesaria solamente para casos de exportacion de mercaderias fisicas.
Espero haber aclarado el tema.
Atentamente,
Diego,
Me parece medio raro que cualquiera pueda ir a una imprenta y salir con un talonario de facturas E, pero puede que así sea. De todas formas te comento que no es lo que se indica cómo trámite en la guia de exportaciones de servicios de arquitectura que bajé de este sitio. Es un pdf que bajé de la sección manuales y apuntes, el archivo se llama guia-exportar-servicios-arquitectura.pdf y los trámites a seguir están explicados a partir de la página 26.
Lo bajé porque me parecía que exportar servicios de arquitectura podría ser similar a o mío, en cuanto que la entrega se puede hacer por medios electrónicos.
Registrado: Sep 24, 2007 Mensajes: 74 Ubicación: Buenos Aires
Publicado: Wed Aug 20, 2008 3:16 amAsunto:
Estimado Agustin:
La confusion del documento que me indicaste se da porque en el capitulo 4 comienza hablando de las exportaciones en general, pero luego dice: "Cabe señalar que la exportación de los servicios de arquitectura puede efectuarse a través de medios electrónicos para la transferencia de documentación o mediante prestaciones personales en los casos de Direcciones de Obras u asesoramientos. Sólo circunstancialmente puede ser necesario el envío de elementos mediante la utilización del correo, pero en ninguno de estos casos se registra un paso por Aduana, ya sea por tratarse de transmisiones intangibles, de desplazamientos de personas o de envíos de correo simples sin valor declarado."
Asimismo te copio lo que dice Afip sobre este tema:
"Para exportar servicios, el exportador no debe inscribirse en el registro de importadores y exportadores de la DGA ya que ese tipo de exportaciones no se encuentra tipificada en el Sistema Armonizado de Designación y Decodificación de Mercancías, por lo tanto no debe confeccionarse a esos efectos documentación de exportación. Sin perjuicio de ello, con relación a la facturación deberá emitirse una factura de tipo "E" de acuerdo a lo normado por la RG 1415, e ingresar las divisas provenientes de la venta al exterior."
Te dejo tambien el link para que lo veas
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=7619170
Espero se aclaren las dudas respecto de este tema.
Atentamente, _________________ Diego N. Panno
Especialista en Comercio Exterior - Trading
Global Supply S.A.
dnpanno@globalsupply.com.ar http://www.globalsupply.com.ar/
(0054)(11)4116-2291
Registrado: Aug 19, 2008 Mensajes: 6 Ubicación: Salta
Publicado: Wed Aug 20, 2008 3:44 amAsunto:
DNPanno escribió:
Estimado Agustin:
La confusion del documento que me indicaste se da porque en el capitulo 4 comienza hablando de las exportaciones en general, pero luego dice: "Cabe señalar que la exportación de los servicios de arquitectura puede efectuarse a través de medios electrónicos para la transferencia de documentación o mediante prestaciones personales en los casos de Direcciones de Obras u asesoramientos. Sólo circunstancialmente puede ser necesario el envío de elementos mediante la utilización del correo, pero en ninguno de estos casos se registra un paso por Aduana, ya sea por tratarse de transmisiones intangibles, de desplazamientos de personas o de envíos de correo simples sin valor declarado."
Asimismo te copio lo que dice Afip sobre este tema:
"Para exportar servicios, el exportador no debe inscribirse en el registro de importadores y exportadores de la DGA ya que ese tipo de exportaciones no se encuentra tipificada en el Sistema Armonizado de Designación y Decodificación de Mercancías, por lo tanto no debe confeccionarse a esos efectos documentación de exportación. Sin perjuicio de ello, con relación a la facturación deberá emitirse una factura de tipo "E" de acuerdo a lo normado por la RG 1415, e ingresar las divisas provenientes de la venta al exterior."
Te dejo tambien el link para que lo veas
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=7619170
Espero se aclaren las dudas respecto de este tema.
Atentamente,
Diego,
Bueno, gracias por el dato, acabo de llamar a la imprenta y me dijeron que mañana me confirman.
Registrado: Aug 12, 2008 Mensajes: 4 Ubicación: rosario
Publicado: Tue Sep 02, 2008 9:17 amAsunto:
Diego,
Estaba de vacaciones por eso no puede continuar respondiento.
Nuevamente muchas gracias!!!
Otra pregunta,
Al completar el fomulario de ingresos brutos, tendria que incluir lo facturado con factura E? Y si es asi, como hago para no pagar el ing. bruto de lo de factura E?
Registrado: Aug 19, 2008 Mensajes: 6 Ubicación: Salta
Publicado: Thu Sep 18, 2008 4:33 amAsunto:
boleda54 escribió:
DNPanno escribió:
Estimado Agustin:
La confusion del documento que me indicaste se da porque en el capitulo 4 comienza hablando de las exportaciones en general, pero luego dice: "Cabe señalar que la exportación de los servicios de arquitectura puede efectuarse a través de medios electrónicos para la transferencia de documentación o mediante prestaciones personales en los casos de Direcciones de Obras u asesoramientos. Sólo circunstancialmente puede ser necesario el envío de elementos mediante la utilización del correo, pero en ninguno de estos casos se registra un paso por Aduana, ya sea por tratarse de transmisiones intangibles, de desplazamientos de personas o de envíos de correo simples sin valor declarado."
Asimismo te copio lo que dice Afip sobre este tema:
"Para exportar servicios, el exportador no debe inscribirse en el registro de importadores y exportadores de la DGA ya que ese tipo de exportaciones no se encuentra tipificada en el Sistema Armonizado de Designación y Decodificación de Mercancías, por lo tanto no debe confeccionarse a esos efectos documentación de exportación. Sin perjuicio de ello, con relación a la facturación deberá emitirse una factura de tipo "E" de acuerdo a lo normado por la RG 1415, e ingresar las divisas provenientes de la venta al exterior."
Te dejo tambien el link para que lo veas
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=7619170
Espero se aclaren las dudas respecto de este tema.
Atentamente,
Diego,
Bueno, gracias por el dato, acabo de llamar a la imprenta y me dijeron que mañana me confirman.
Saludos,
Agustin
Diego,
Tengo el talonario en mis manos (enorme) asi que obviamente yo estaba equivocado. El "mañana" de la imprenta se transformó en varias semanas, pero bueh.
Registrado: Sep 22, 2008 Mensajes: 2 Ubicación: Capital Federal
Publicado: Mon Sep 22, 2008 9:49 amAsunto: Modelo de Factura E
Yo estoy en la misma, soy diseñador gráfico y tengo que facturar un trabajo para España y me estoy por hacer las facturas "E", en la imprenta me dijeron que me las hacen pero no saben decirme si tienen que tener algún dato en especial (creo que ahy que poner el tipo de cambio y alguna cosa mas). Si alguien tiene un modelo a mano me lo podrá enviar por mail (apelmac @ yahoo.com.ar) para tomarlo de referencia para hacer las mías? Muchas gracias
Registrado: Aug 19, 2008 Mensajes: 6 Ubicación: Salta
Publicado: Mon Sep 22, 2008 10:18 amAsunto: Re: Modelo de Factura E
brandingstudio escribió:
Yo estoy en la misma, soy diseñador gráfico y tengo que facturar un trabajo para España y me estoy por hacer las facturas "E", en la imprenta me dijeron que me las hacen pero no saben decirme si tienen que tener algún dato en especial (creo que ahy que poner el tipo de cambio y alguna cosa mas). Si alguien tiene un modelo a mano me lo podrá enviar por mail (apelmac @ yahoo.com.ar) para tomarlo de referencia para hacer las mías? Muchas gracias
Alejandro
Alejandro,
En cuanto pueda te mando un escaneo de las mías, pero a la imprenta la AFIP le dice que datos lleva. A mi nadie me preguntó nada (y son hojas grandotas).
Registrado: Aug 19, 2008 Mensajes: 6 Ubicación: Salta
Publicado: Wed Oct 08, 2008 12:59 pmAsunto: Re: Modelo de Factura E
brandingstudio escribió:
Agustín, como estas? Tendrás aunque sea los datos que son necesarios poner en la factura E, si hay cosas que en una Factura C no estan.
Gracias
Bueno, después de mucho rebuscar, le saqué unas fotos a la factura.
A la foto le borré mis datos, no creo que alguien logre algún beneficio (o me produzca algún problema) con las fotos, pero nunca se sabe
Las fotos las subí a un host gratuito porque no encontré manera de postearlas aquí. Espero poner bien los enlaces, clic en la foto para ver.
Espero les sirvan, la verdad que no se vén muy bien que digamos.
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