Otro de los destinos para este producto fue España con envíos por 31 toneladas y 75.000 dólares.

También se fiscalizaron exportaciones de caracoles desde la Argentina a Chile por 7 toneladas y 22.000 dólares.

Las Resoluciones 554/01 y 555/01 del SENASA son las que reglamentan el Registro Nacional de Establecimientos Helicicultores y establecen las condiciones sanitarias para la cría y las condiciones edilicias y operativas de las plantas de procesamiento.

Para los interesados se informa que el trámite de inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Helicicultores, creado por la Resolución 554, se realiza a través de un formulario que los productores deberán presentar en la Oficina Local del SENASA correspondiente a la jurisdicción del Establecimiento.

Finalizado el trámite, la Dirección de Luchas Sanitarias de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, otorga al productor un número de habilitación que deberá presentar en el momento de ingresar con el producto a la planta de procesamiento, donde se asentará en el libro rubricado para completar la trazabilidad del producto.

Durante el 2004, nuestro país certificó exportaciones de caracoles por 40 toneladas y 84.000 dólares.