El jefe de la AFIP, Alberto Abad, dispondrá un estricto régimen de información cuyo incumplimiento implicará fuertes multas, con el fin de evitar la subfacturación de las exportaciones y la sobrefacturación de importaciones. Se buscan evitar maniobras de elusión en Ganancias, cuando las empresas inflan el precio de las compras o disminuyen sus beneficios vía la subfacturación de ventas.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) reitera que, a partir del 1° de mayo próximo, para exportar desde la Argentina productos de origen animal o vegetal a los diez países que se integrarán a la Unión Europea se deberán cumplir los requisitos sanitarios exigidos por el bloque comunitario.
El “Sistema de Identificación de Ganado Bovino para Exportación” que crea la Resolución 15/2003 del SENASA se aplica en forma obligatoria en todos los campos inscriptos en el “Registro de Establecimientos Rurales Proveedores de Ganado para Faena de Exportación a Unión Europea”.
La AFIP acaba de crear un procedimiento que será optativo para los exportadores, mediante el cual podrán afectar total o parcialmente los créditos que tengan en su favor por reintegros y otros estímulos a la exportación a la cancelación de deudas por recursos de la seguridad social, impositivas y aduaneras, con excepción de la tasa de estadística.
Según lo acordado con la Dirección de Defensa y Protección Vegetal (DDIV) de Brasil, los membrillos, manzanas y peras que se exporten a dicho país deberán hacerlo bajo las normas impuestas por el Sistema de Mitigación de Riesgo (SMR).
Todos aquellos productores ya inscriptos en el SMR que deseen exportar a ese destino deberán tener inscriptas sus Unidades Mínimas de Inspección (UMI).