REDIEX y CAPEX firmaron convenio de cooperación

La Cámara Paraguaya de Exportadores (CAPEX), que conmemora su cuarto aniversario, firmó un convenio de Cooperación con REDIEX Red de Inversiones y Exportaciones, el sábado 22 de julio, en el salón de actos de la Asociación Rural del Paraguay (ARP).
En dicha oportunidad, se realizó la Conferencia sobre “Ventajas y Responsabilidades Tributarias de los Agentes de Retención: Exportadores y Maquiladores”, a cargo de profesionales de la SubSecretaría de Tributación del Ministerio de Hacienda.

Algunas de las Cláusulas del
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CAMARA PARAGUAYA DE EXPORTADORES (CAPEX) Y LA RED DE INVERSIONES Y EXPORTACIONES (REDIEX)

LA CAMARA PARAGUAYA DE EXPORTADORES, en adelante CAPEX, representada por su Presidenta Señora Josefina Duarte de Benitez y la RED DE INVERSIONES Y EXPORTACIONES, en adelante REDIEX, representada por su Director General, Señor Víctor Varela, en el marco de sus respectivas atribuciones, convienen en celebrar este Acuerdo de Cooperación, sujeto al considerando y cláusulas siguientes:

CLAUSULA PRIMERA – Las partes convienen en proporcionarse la más amplia colaboración institucional para la promoción de sus actividades y la consecución de los siguientes objetivos:
1) Promoción de las exportaciones
2) Mejorar la competitividad de las empresas
3) Atraer e incrementar las inversiones nacionales y extranjeras

CLAUSULA SEGUNDA. – Ambas Partes realizarán, como consecuencia del presente Convenio Marco, acuerdos específicos que constituirán partes integrantes del presente convenio como ANEXOS. Estos acuerdos específicos de cooperación se realizarán en los campos de interés común. Las acciones de cooperación que se convengan en
cada oportunidad especificarán los objetivos, metodología de trabajo y obligaciones de cada una de las partes. Sus resultados se evaluarán en las instancias y con las modalidades que se establecerán en cada oportunidad.

CLAUSULA TERCERA. – Los gastos que impliquen las acciones convenidas serán previamente definidos y acordados y deberán estar contemplados en el presupuesto y el programa de trabajo de la CAPEX y REDIEX. No obstante ello, dichas actividades podrán financiarse con fondos obtenidos de otras fuentes, por cualquiera de ambas Instituciones.

CLAUSULA CUARTA. – Con base a lo dispuesto precedentemente, la CAPEX y REDIEX convendrán la ejecución de acciones, cuyos efectos y plazos de cumplimiento estarán en concordancia con los recursos disponibles por parte de cada Institución. CLAUSULA QUINTA. – CAPEX facilitará la difusión por medios electrónicos e impresos propios o a través de convenios con terceros, de aquellas informaciones de carácter comercial e institucional que le sean suministradas por REDIEX.

Publicado en: Paraguay

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